Juez falla a favor de Iván Cepeda en caso de falsos testigos

Bogotá, enero 22 de 2019.- El Juzgado Cuarenta y Siete Administrativo del Circuito de Bogotá, resolvió negar la tutela interpuesta por el abogado del representante del uribismo, Álvaro Hernán Prada.

De acuerdo al fallo del despacho judicial, en desarrollo del principio de igualdad, si amparara el derecho de petición invocado por el abogado de Prada, se vería vulnerado el derecho a la defensa y al debido proceso del senador Iván Cepeda.

Asimismo, la sentencia reconoce que procede la reserva de información, respecto de lo solicitado, por cuanto tiene relación con los derechos fundamentales a la dignidad, la intimidad y la libertad, que no corresponden únicamente a las funciones como congresista del senador Cepeda.

El recurso fue presentado en diciembre de 2018, por el abogado Víctor Mosquera Marín. Según Mosquera, el senador Cepeda habría violado el derecho fundamental de petición, al no resolver de fondo la solicitud de informar acerca de las visitas realizadas a Centros de Reclusión, así como, de los viajes fuera del país, durante su ejercicio parlamentario.

Tales visitas a Centros de Reclusión, según afirmaciones de Prada, hacen parte del “Carrusel de testigos contra el senador Álvaro Uribe”: https://www.diariodelhuila.com/el-carrusel-de-testigos-contra-uribe.

Por dichas afirmaciones, el senador Iván Cepeda, presentó denuncia penal ante la Corte Suprema de Justicia contra Álvaro Hernán Prada, por los presuntos delitos de calumnia e injuria agravadas, hostigamiento y apología al genocidio. En esta investigación, el abogado Víctor Mosquera funge como defensor de Prada, hecho que ocultó al despacho judicial, pero que fue informado por el senador Cepeda con pruebas y, por lo tanto, reconocido en la sentencia de tutela.

“Resulta inexplicable que el accionante haya ocultado al juez de tutela su calidad de abogado defensor del congresista que denuncié y dentro del proceso del que yo soy sujeto procesal como parte civil afirmó Cepeda al pronunciarse sobre la sentencia de tutela.

Agregó que a una parte procesal no se le puede exigir que entregue información que es objeto de un debate en un proceso penal y que, seguramente, pretende ser utilizada en contra de la persona a la que se dirige el derecho de petición”.

Al respecto se lee en el fallo, “debido al entorno político en que se mueve el tutelante y las profundas diferencias políticas y judiciales entre el accionado y los poderdantes del actor, no le es posible brindar ningún tipo de información relacionada con sus viajes al exterior y visitas a reclusos en los centros carcelarios sin ser vulnerados sus propios intereses y derechos constitucionales de defensa y debido proceso”.

Igualmente el fallo le da la razón a Cepeda al decir que, No es cierto, como lo afirma el abogado Víctor Mosquera, que no haya habido respuesta conforme lo dispone la ley, pues, en todo caso, en la comunicación remitida, aporté la información requerida, conforme podía informarle, y al mismo tiempo, le señalé que dí traslado al INPEC para que le respondiera, lo que a esa entidad compete. Como consecuencia de lo anterior, el INPEC, también le contestó al abogado”.

Lo anterior, fue constatado por el despacho judicial, quien señaló que el senador Cepeda, dio respuesta en los términos legales a la solicitud del abogado de Prada de manera “clara, precisa y congruente”.

Finalmente el senador Cepeda dijo que: con esta decisión de tutela se evidencia una vez más, los ataques y persecución del que he sido objeto por parte de algunos sectores del uribismo, y cómo, temerariamente, acuden a las vías legales, para afectar mis derechos fundamentales”.